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Los alcaldes que convocan al paro regional para este 18 de abril podrían incurrir en delito si participan en esa medida de fuerza, siendo los procuradores municipales quienes deberán -en ese caso- proceder a denunciar a los titulares de cada comuna.

Esa fue la afirmación categórica del abogado Adolfo Laviana, gerente de Alagon Piura – Abogados y Consultores, en diálogo con Gestión Profesional sobre la convocatoria pública a un paro regional realizada por el alcalde de Piura, Gabriel Madrid, el último fin de semana.

El contexto de la convocatoria es delicado. En palabras de Laviana, «la situación en la región Piura es catastrófica y nadie puede ponerlo en duda. Las imágenes que han salido son terroríficas por causas del clima, pero también por la dilapidación del dinero público. Se han gastado 10 mil millones y de nada ha servido. Hay una incompetencia, que también es terrorífica, en las administraciones públicas regionales y locales que administraron esos dineros», explica.

El abogado Laviana precisa «esto parece Ucrania, con la diferencia que no hay misiles, que aquí han sido las tormentas eléctricas. Es bastante desolador ver cómo está Piura».

Precisa también que los alcaldes son dirigentes políticos, que no están para causar problemas, sino para resolver estos asuntos ante el ciudadano.

El abogado afirma que convocar a un paro, en la actual situación de Piura, significa que la actividad económica piurana se detiene. «El paro es la materialización de una huelga», remarca Laviana.

El artículo 42 de la Constitución, establece que el derecho de huelga es algo que se reconoce a los trabajadores, incluso a los servidores públicos, pero no están comprendidos los funcionarios del Estado con poder de decisión, y los que desempeñan cargos de confianza o dirección, las fuerzas armadas y policiales, así como los jueces y fiscales.

Por ley, los que propugnan el paro no pueden ir al paro, porque no tienen reconocido el derecho de huelga; es decir, el gobernador regional, los alcaldes, los gerentes municipales, todos los que tienen cargos de confianza o dirección, no tienen derecho de huelga.

«Si lo hicieran desde una resolución, podría darse un ilícito penal que sería el abuso de autoridad y, quien tendría que denunciar, sería el procurador público de cada municipio o gobierno regional», explicó Laviana.

Durante la conversación con el periodista Denis Pumajulca, Adolfo Laviana también se refirió a la situación del gasto público en estos 100 primeros días de gestión de cada nueva autoridad.

Todos los detalles de esa entrevista en el podcast que te dejamos aquí adjunto en esta nota.

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